
¿Tu aseguradora se niega a cubrir los gastos de defensa en una póliza D&O? Un abogado reclamar gastos defensa seguro D&O analiza un caso en el que el Juzgado de A Coruña condenó a SegurCaixa a abonar 7.449 € por falta de actuación tras la notificación. Conozca la sentencia y los aspectos jurídicos más relevantes.
Identificación de la Sentencia
- Tribunal: Audiencia Provincial de A Coruña (Sede en Santiago de Compostela).
- Sección: 6.
- Fecha: 24 de noviembre de 2025.
- Nº de Resolución: 423/2025.
Antecedentes
El Sr. Ceferino, en su condición de administrador de la sociedad SEMCOR 3000 S.L., fue emplazado en mayo de 2017 en la pieza de calificación del concurso de acreedores de dicha mercantil.
La sociedad contaba con una póliza de seguro de Responsabilidad Civil de Directivos (D&O) suscrita en 2013 con la entidad Segurcaixa Adeslas, que cubría expresamente los gastos de defensa jurídica de sus administradores.
Tras el proceso concursal, el Sr. Ceferino resultó condenado al pago de 450.000 euros como indemnización por responsabilidad en el concurso culpable.
El administrador reclamó a la aseguradora el reembolso de 7.449 euros correspondientes a los honorarios del letrado y procurador que tuvo que contratar para su defensa ante la pasividad de la compañía, que no asumió la dirección jurídica tras ser notificada de la reclamación.
Tramitación Judicial
Primera instancia
El Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Santiago de Compostela desestimó la demanda.
La jueza consideró que no constaba que el asegurado hubiera comunicado el siniestro a la aseguradora para solicitar el servicio antes de contratar a sus propios profesionales, y que la reclamación de 2019 fue extemporánea por producirse tras el vencimiento de la póliza.
Audiencia Provincial
El Sr. Ceferino apeló la sentencia alegando que la reclamación sí fue comunicada en tiempo y forma mediante un burofax enviado el 25 de mayo de 2017 por la sociedad tomadora, y que existen sentencias firmes previas que ya habían validado la cobertura de la misma póliza para otros directivos en la misma pieza de calificación.
Cuestión Jurídica Principal
La controversia consistió en determinar si el burofax remitido por la sociedad tomadora activó válidamente el deber de dirección jurídica de la aseguradora respecto a todos los directivos afectados.
Asimismo, el tribunal debió resolver si la actitud omisiva de la compañía tras conocer la reclamación faculta al asegurado para designar libremente a sus profesionales y repercutir sus costes, incluso si no comunicó personalmente su decisión de defensa privada en ese momento inicial.
Razonamiento del Tribunal
La Audiencia Provincial revocó la sentencia de instancia basándose en los principios de seguridad jurídica y cosa juzgada. El tribunal razonó que:
1. Prejudicialidad de sentencias previas:
Secciones anteriores de la misma Audiencia ya habían declarado firme que la póliza estaba vigente en mayo de 2017 y que la aseguradora debía cubrir a otro administrador de la misma empresa.
Dos sentencias firmes de la Audiencia Provincial de A Coruña (Sección 3ª de 12/5/22, proc. 888/20; Sección 4ª de 14/12/23, proc. 293/21) contra SegurCaixa Adeslas en casos idénticos sobre póliza de RC de directivos de SEMCOR 3000 S.L. (sección VI de calificación concursal) habían condenado a la aseguradora ante siniestros notificados en plazo.
2. Validez de la notificación:
La aseguradora obtuvo un conocimiento pleno de que el Sr. Ceferino era un directivo asegurado y que existía una reclamación contra él en la sección de calificación, desentendiéndose totalmente del proceso.
3. Libre elección por pasividad:
Según el art. 74 de la Ley de Contrato de Seguro (LCS), si la aseguradora no asume la dirección jurídica tras conocer el siniestro, el asegurado queda habilitado para contratar a sus propios profesionales.
El tribunal subrayó que la iniciativa para ofrecer la defensa corresponde a la aseguradora y no al revés.
“unos hechos idénticos no pueden existir y dejar de existir para los órganos del Estado, pues a ello se oponen principios elementales de lógica jurídica y extrajurídica”.
Decisión del Tribunal
El tribunal estimó el recurso de apelación y revocó la sentencia previa, condenando a Segurcaixa Adeslas a pagar al Sr. Ceferino 7.449 euros más los intereses legales desde la interposición de la demanda.
No se impusieron los intereses punitivos del art. 20 LCS al existir dudas de hecho y de derecho justificadas por la complejidad del caso y la falta de acreditación del pago previo de las facturas. Asimismo, no se hizo imposición de costas en ninguna de las instancias debido a la “dejadez” inicial del demandante al no comunicar personalmente el siniestro hasta años después.
Conclusión
La aseguradora de una póliza D&O es responsable del reembolso de los gastos de defensa de un directivo cuando, habiendo tenido conocimiento efectivo de la reclamación judicial (aunque la notificación haya sido realizada por la sociedad tomadora), mantiene una actitud de desentendimiento total, permitiendo así que el asegurado designe profesionales de su confianza bajo el amparo del artículo 74 de la Ley de Contrato de Seguro.
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