
Las reclamaciones relacionadas con seguros de responsabilidad de administradores y directivos (D&O) suelen surgir en los momentos de mayor complejidad para empresarios, consejeros y administradores societarios. Cuando la aseguradora deniega la cobertura, invoca una cláusula de exclusión o reclama la devolución de los gastos de defensa previamente abonados, resulta esencial analizar con detalle las circunstancias del caso y la interpretación que realizan los tribunales. Si necesitas un abogado reclamar seguro responsabilidad administradores, la resolución que analizamos a continuación ofrece una valiosa referencia sobre los límites de la cobertura D&O y los derechos de las partes implicadas.
Identificación de la Sentencia
- Tribunal: Audiencia Provincial de Araba/Álava.
- Sección: 1.
- Fecha: 7 de mayo de 2026.
- Nº de Resolución: 714/2026.
Antecedentes
Los Sres. Héctor y Carlos eran tomadores de varias pólizas de seguro de responsabilidad de administradores y directivos (D&O) suscritas con la entidad Seguros Chubb European Group SE.
En 2016, los asegurados vendieron sus participaciones en diversas sociedades al Sr. Teofilo. A raíz de esta operación, se iniciaron varios procedimientos judiciales, destacando una demanda de la sociedad Bobinados Zarel S.A. reclamando 125.008 euros a cada uno por una deuda pendiente que no fue satisfecha tras la transmisión.
La aseguradora Chubb asumió inicialmente la defensa y realizó pagos anticipados por un total de 186.946,20 euros.
Sin embargo, una vez que recayó sentencia firme condenando a los asegurados a devolver las cantidades a Bobinados S.A. por apropiación indebida, la aseguradora presentó una reconvención para recuperar los fondos anticipados, alegando que se había activado la cláusula de exclusión por “actos intencionados”.
Tramitación Judicial
Primera instancia
El Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Vitoria-Gasteiz dictó la sentencia 330/2025, estimando la demanda reconvencional de Chubb.
El juzgado condenó a los Sres. Héctor y Carlos a reintegrar a la aseguradora 93.473,10 euros cada uno, más intereses, al considerar que su conducta fue deliberada e intencionada.
Audiencia Provincial
Los asegurados apelaron la resolución argumentando que su actuación fue un mero error contable involuntario derivado de una situación de extorsión terrorista y que la aseguradora, al haber pagado parte de los gastos previamente, iba en contra de sus propios actos al reclamar ahora la devolución.
Cuestión Jurídica Principal
La controversia se centra en determinar si la conducta de los administradores que retienen fondos de la sociedad en su propio beneficio, tras una sentencia firme que así lo declara, activa la cláusula de exclusión por actos intencionados.
Asimismo, se analiza si el asegurador tiene derecho a reclamar el reembolso de los anticipos realizados para la defensa jurídica cuando el siniestro queda finalmente fuera de cobertura por la naturaleza dolosa de la acción.
Razonamiento del Tribunal
La Sala desestima el recurso y confirma que no se trató de un error contable, sino de una distracción deliberada de fondos. El tribunal razona que los asegurados tuvieron pleno conocimiento de que las cantidades debían ser devueltas y, a pesar de ello, las mantuvieron en su poder en beneficio propio incluso después de vender la sociedad.
La existencia de una amenaza externa no justifica el aprovechamiento económico personal de activos sociales.
Respecto a los anticipos, la sentencia subraya que la póliza establece la obligación de reembolso si se confirma que la reclamación no está cubierta.
El tribunal rechaza la doctrina de los actos propios alegada por los recurrentes, señalando que la aseguradora actuó de buena fe al adelantar fondos mientras la culpabilidad no era firme, pero está facultada legal y contractualmente para recuperarlos una vez se declara judicialmente la intencionalidad del asegurado.
La ratio decidendi de la sentencia establece que:
“siendo el motivo de la condena a la parte recurrente, la apropiación indebida de esas cantidades en su propio beneficio, con pleno conocimiento del hecho de la apropiación y la negativa a devolver esas cantidades al Sr. Teofilo que se vio obligado a acudir a la vía judicial, resulta de aplicación la exclusión de actos intencionados pactados en la póliza”.
Decisión del Tribunal
La Audiencia Provincial de Araba/Álava desestima el recurso de apelación y confirma íntegramente la sentencia de instancia.
Ratifica la obligación de los asegurados de reintegrar los 186.946,20 euros a Chubb e impone a los apelantes las costas procesales de la segunda instancia.
Conclusión
En los seguros de D&O, la acreditación mediante sentencia firme de que el asegurado obtuvo un beneficio personal indebido mediante una conducta intencionada activa automáticamente la exclusión de cobertura, obligando al administrador al reintegro de todos los gastos de defensa y anticipos previamente abonados por la aseguradora.
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