Cuando las partes son las mismas que las del negocio jurídico subyacente que originó la emisión de la cambial, surge, por encima del derecho cartular, el negocio causal y por ende, podrán oponerse por el deudor cambiario aquellos incumplimientos que se produjeron sobre la base del contrato fundamental. A continuación publicamos el trabajo […]
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