lunes, 18 de mayo de 2026

Abogado reclamar cobertura seguro D&O Madrid

abogado reclamar cobertura seguro D&O Madrid

Si está evaluando la cobertura de su póliza de responsabilidad civil de administradores, entender cómo los tribunales interpretan los límites de las aseguradoras es fundamental. Contar con la orientación de un abogado especializado en reclamación de cobertura seguro D&O en Madrid puede ayudar a analizar con precisión las condiciones de cada contrato, tal como refleja la jurisprudencia reciente sobre la debida adecuación de pólizas de responsabilidad civil de administradores a la normativa de contratos de seguro, proporcionando un marco para comprender mejor cuándo y cómo se aplican los criterios de cobertura en casos de sociedades frente a aseguradoras.

Consulte su caso ahora

Identificación de la Sentencia

  • Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil. Madrid.
  • Sección: 8.
  • Fecha: 19 de marzo de 2026.
  • Nº de Resolución: 433/2026.

Antecedentes

La entidad Comercial Aliper 1996 S.L. (en adelante, Aliper) era accionista y miembro del consejo de administración de la sociedad Gemersa.

En su condición de administrador persona jurídica de Gemersa, Aliper designó a un representante persona natural.

Tras la declaración de concurso de Gemersa, se inició la sección de calificación, en la que la administración concursal solicitó la calificación de culpable y la declaración de Aliper como persona afectada.

Para su defensa jurídica en este proceso, Aliper incurrió en unos gastos de 62.138,34 euros.

Aliper tenía contratado con la aseguradora AIG Europe Limited un seguro de responsabilidad civil para administradores y directivos (póliza «Business Guard D&O»).

Al reclamar el reembolso de los gastos de defensa, la aseguradora se opuso alegando que la póliza solo otorgaba cobertura a las personas naturales que actuaran como administradores, y no a la sociedad tomadora.

Tramitación Judicial

Primera instancia 

El Juzgado de Primera Instancia n.º 96 de Madrid desestimó la demanda.

El juzgado apreció que la demandante carecía de legitimación activa porque los perjuicios no los había sufrido un tercero, sino el propio tomador, y que el perímetro de asegurados solo incluía a personas naturales.

Audiencia Provincial 

La Sección 8.ª de la Audiencia Provincial de Madrid confirmó la desestimación.

El tribunal interpretó la póliza y determinó que únicamente otorgaba cobertura a administradores y directivos que fueran personas naturales, por lo que Aliper, siendo el tomador y una persona jurídica, no era “asegurado” bajo el contrato.

Tribunal Supremo 

Aliper interpuso recurso de casación, alegando la posibilidad de que el tomador coincida con el tercero perjudicado y reclamando la aplicación de la acción directa.

Cuestión Jurídica Principal

La controversia radica en determinar si una sociedad tomadora de un seguro D&O tiene legitimación activa para reclamar gastos de defensa cuando la póliza define el concepto de “administrador” o “asegurado” limitándolo exclusivamente a personas naturales.

El Tribunal analiza si existe cobertura para el administrador persona jurídica cuando el texto del contrato, siguiendo la inercia de pólizas estadounidenses, no ha sido adaptado a la legislación española (art. 212 bis LSC), la cual sí permite que las personas jurídicas sean administradores.

Razonamiento del Tribunal

El Tribunal Supremo desestima el recurso basándose en la literalidad del contrato de seguro. El tribunal razona que, aunque en España es legal que una persona jurídica sea administradora, la póliza objeto de litigio es un contrato de seguro por cuenta ajena que requiere expresamente que el beneficiario de la cobertura de defensa sea una persona física.

La Sala destaca que la póliza define a los asegurados como administradores personas naturales y que, al ser Aliper una persona jurídica y la tomadora de la póliza, no se encuentra dentro del círculo de sujetos protegidos para el riesgo de defensa jurídica en la pieza de calificación concursal.

La ratio decidendi de la sentencia establece que:

“la definición que en ella se contiene del administrador o directivo únicamente incluye a la persona natural”.

Decisión del Tribunal

El Tribunal Supremo desestima los recursos interpuestos por Comercial Aliper 1996 S.L. y confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid.

El fallo ratifica que los gastos de defensa en que incurrió la tomadora, en su condición de administradora persona jurídica, no están cubiertos por la póliza contratada.

Se imponen las costas a la parte recurrente y se acuerda la pérdida de los depósitos constituidos para recurrir.

Conclusión

En un seguro de responsabilidad civil de administradores (D&O), si la póliza restringe contractualmente la condición de asegurado a las personas naturales, la sociedad tomadora no puede reclamar la cobertura de sus propios gastos de defensa jurídica, incluso si actúa como administradora de hecho o de derecho de una tercera sociedad.

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Si está evaluando la cobertura de su póliza de responsabilidad civil de administradores, entender cómo los tribunales interpretan los límites de las aseguradoras es fundamental. Contar con la orientación de un abogado especializado en reclamación de cobertura seguro D&O en Madrid puede ayudar a analizar con precisión las condiciones de cada contrato, tal como refleja la jurisprudencia reciente sobre la debida adecuación de pólizas de responsabilidad civil de administradores a la normativa de contratos de seguro, proporcionando un marco para comprender mejor cuándo y cómo se aplican los criterios de cobertura en casos de sociedades frente a aseguradoras.

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Identificación de la Sentencia

  • Tribunal: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil. Madrid.
  • Sección: 8.
  • Fecha: 19 de marzo de 2026.
  • Nº de Resolución: 433/2026.

Antecedentes

La entidad Comercial Aliper 1996 S.L. (en adelante, Aliper) era accionista y miembro del consejo de administración de la sociedad Gemersa.

En su condición de administrador persona jurídica de Gemersa, Aliper designó a un representante persona natural.

Tras la declaración de concurso de Gemersa, se inició la sección de calificación, en la que la administración concursal solicitó la calificación de culpable y la declaración de Aliper como persona afectada.

Para su defensa jurídica en este proceso, Aliper incurrió en unos gastos de 62.138,34 euros.

Aliper tenía contratado con la aseguradora AIG Europe Limited un seguro de responsabilidad civil para administradores y directivos (póliza «Business Guard D&O»).

Al reclamar el reembolso de los gastos de defensa, la aseguradora se opuso alegando que la póliza solo otorgaba cobertura a las personas naturales que actuaran como administradores, y no a la sociedad tomadora.

Tramitación Judicial

Primera instancia 

El Juzgado de Primera Instancia n.º 96 de Madrid desestimó la demanda.

El juzgado apreció que la demandante carecía de legitimación activa porque los perjuicios no los había sufrido un tercero, sino el propio tomador, y que el perímetro de asegurados solo incluía a personas naturales.

Audiencia Provincial 

La Sección 8.ª de la Audiencia Provincial de Madrid confirmó la desestimación.

El tribunal interpretó la póliza y determinó que únicamente otorgaba cobertura a administradores y directivos que fueran personas naturales, por lo que Aliper, siendo el tomador y una persona jurídica, no era “asegurado” bajo el contrato.

Tribunal Supremo 

Aliper interpuso recurso de casación, alegando la posibilidad de que el tomador coincida con el tercero perjudicado y reclamando la aplicación de la acción directa.

Cuestión Jurídica Principal

La controversia radica en determinar si una sociedad tomadora de un seguro D&O tiene legitimación activa para reclamar gastos de defensa cuando la póliza define el concepto de “administrador” o “asegurado” limitándolo exclusivamente a personas naturales.

El Tribunal analiza si existe cobertura para el administrador persona jurídica cuando el texto del contrato, siguiendo la inercia de pólizas estadounidenses, no ha sido adaptado a la legislación española (art. 212 bis LSC), la cual sí permite que las personas jurídicas sean administradores.

Razonamiento del Tribunal

El Tribunal Supremo desestima el recurso basándose en la literalidad del contrato de seguro. El tribunal razona que, aunque en España es legal que una persona jurídica sea administradora, la póliza objeto de litigio es un contrato de seguro por cuenta ajena que requiere expresamente que el beneficiario de la cobertura de defensa sea una persona física.

La Sala destaca que la póliza define a los asegurados como administradores personas naturales y que, al ser Aliper una persona jurídica y la tomadora de la póliza, no se encuentra dentro del círculo de sujetos protegidos para el riesgo de defensa jurídica en la pieza de calificación concursal.

La ratio decidendi de la sentencia establece que:

“la definición que en ella se contiene del administrador o directivo únicamente incluye a la persona natural”.

Decisión del Tribunal

El Tribunal Supremo desestima los recursos interpuestos por Comercial Aliper 1996 S.L. y confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid.

El fallo ratifica que los gastos de defensa en que incurrió la tomadora, en su condición de administradora persona jurídica, no están cubiertos por la póliza contratada.

Se imponen las costas a la parte recurrente y se acuerda la pérdida de los depósitos constituidos para recurrir.

Conclusión

En un seguro de responsabilidad civil de administradores (D&O), si la póliza restringe contractualmente la condición de asegurado a las personas naturales, la sociedad tomadora no puede reclamar la cobertura de sus propios gastos de defensa jurídica, incluso si actúa como administradora de hecho o de derecho de una tercera sociedad.

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